Por Fernando Gelfo y Guillermo Pérez

Sin dudas el proyecto de ley Argentina Digital ha despertado acalorados debates y polémicas, incluso desde sectores inesperados, como legisladores del propio oficialismo. En especial la discusión se desató en torno al ingreso de las compañías telefónicas al sector audiovisual.

Las posturas respecto de los fines perseguidos con la referida apertura, ofrecen un arco bastante amplio.

El Proyecto, dice en el artículo 1º que su finalidad es “posibilitar el acceso de la totalidad de los habitantes de la República Argentina a los servicios de la información y las comunicaciones en condiciones sociales y geográficas equitativas, con los más altos parámetros de calidad.”

Por su parte, cuando se presentó el proyecto de ley los representantes del Poder Ejecutivo argumentaron que el mismo busca, además, que los usuarios puedan recibir todos los servicios juntos y por una sola vía, evitando la superposición de redes, y acercando así al país al fenómeno de la convergencia.

Desde la oposición las posturas se encuentran divididas en al menos tres posiciones: Los que creen que el proyecto busca perjudicar al Grupo Clarín, haciéndolo competir con las compañías telefónicas; los que piensan que la finalidad real del proyecto es beneficiar al Grupo Telefónica; y finalmente están los que piensan que el objetivo del gobierno son los dos anteriores en simultáneo.

Entre tanto, varios representantes de las provincias, legisladores de la oposición y del propio oficialismo han expresado serias preocupaciones de que se dañen sus economías … regionales¹.

Ahora bien, corriendo el velo de la coyuntura por un momento podremos notar que ya bien entrados en el siglo XXI, el desarrollo de los países depende, en gran medida, de su conectividad. Lo que proponemos, entonces, es abordar la discusión acerca del Proyecto Argentina Digital desde otra óptica, política también, pero distinta: la de la necesidad de la República Argentina de tener redes de comunicación competitivas.

Un ejemplo bastará para entender de qué estamos hablando. En mayo de 2014 el Reino de España publicó en el Boletín Oficial del Estado su nueva ley de Telecomunicaciones. En el preámbulo de la misma se lee: “La Agenda Digital para Europa, principal instrumento para el cumplimiento de los objetivos de la Estrategia Europa 2020, persigue que para 2020 todos los europeos tengan la posibilidad de acceder a conexiones de banda ancha a una velocidad, como mínimo, de 30 Mbps, y que, al menos, un 50% de los hogares europeos estén abonados a conexiones de banda ancha superiores a 100 Mbps. Estos objetivos han quedado incorporados a la agenda digital española, aprobada por el Gobierno en febrero de 2013. Para ello, según estimaciones de la Comisión Europea, se deberá invertir hasta dicha fecha una cantidad comprendida entre los 180.000 y 270.000 millones de euros. Se calcula que en España serán necesarias inversiones del sector privado por valor de 23.000 millones de euros. Estas inversiones pueden tener un gran impacto económico y social. La Comisión Europea estima que, por cada aumento de la penetración de la banda ancha en un 10 %, la economía (PIB) crece entre el 1% y el 1,5%. A su vez, la OCDE considera que un incremento del 10% de penetración de banda ancha en cualquier año implica un incremento del 1,5% de la productividad durante los siguientes 5 años. Asimismo, como ha señalado la Comisión Europea, el despliegue de redes ultrarrápidas puede tener un importante impacto en la creación de empleo, estimándose que la innovación podría generar 2 millones de empleos para 2020, incluidos trabajos en sectores relacionados, como la provisión de contenidos o la fabricación de equipos.”

El párrafo transcripto da una idea de la carrera que se encuentra corriendo la República Argentina. Desde esta perspectiva, se vuelve patente que para estar comunicados se necesitan redes de alta capacidad de transmisión de datos o backbones, pero además se necesita que esos datos que circulan por dichas redes puedan ser distribuidos a los usuarios finales. Las redes que conectan a los backbones con los usuarios son usualmente llamadas redes de última milla. Estas son básicamente de dos tipos: fijas y móviles. Las primeras, nacieron a partir de la prestación del servicio de telefonía fija y prácticamente todos los países del mundo han tratado de aprovechar al máximo dichos tendidos aplicándoles tecnología. El ejemplo más claro de ello lo constituyó en su momento la tecnología XDSL que permitió aumentar la capacidad de transmisión de datos de las redes telefónicas sin necesidad de efectuar un nuevo tendido. Actualmente dichas tecnologías se encuentran en sus picos de explotación y el mundo esta migrando su redes de última milla a fibra óptica.

En la Argentina una opción semejante conllevaría efectuar importantes inversiones en infraestructura. En el estado actual del desarrollo de las telecomunicaciones del país, resulta necesario crear un entorno regulatorio que permita justificar tales inversiones y reconvertir las redes de última milla a los efectos de ampliar su capacidad y posibilitar un mayor caudal de conectividad de los usuarios finales. La reciente licitación de espectro radioeléctrico para la prestación de servicios 4G en telefonía móvil va en ese sentido.

Respecto de las redes de última milla fijas debemos preguntarnos ¿sirve la apertura a la prestación de servicios audiovisuales a este propósito?

La apertura a la prestación de servicios audiovisuales podría contribuir a dicho objetivo en tanto se den una serie de condiciones.

En efecto, creemos que un mecanismo apto para el desarrollo de redes fijas sería otorgar a todas las empresas (telefónicas y audiovisuales), la certeza de que se les permitirá en una fecha cierta brindar a través de tales redes todos los servicios posibles. Ello no solo lleva a la modificación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) en el sentido de permitir a las empresas prestadoras de servicios públicos brindar servicios audiovisuales, sino también a garantizar el acceso a numeración telefónica y la prestación de servicios de telecomunicaciones de cualquier tipo, a toda empresa con deseos y capacidad de hacerlo. Para las telefónicas podría significar la posibilidad de amortizar las inversiones necesarias para un recambio del par de cobre por fibra óptica, no ya en la prestación de dos servicios (telefonía fija e internet) sino en la prestación de tres (el tercero sería el cable).

Ahora bien, dado que lo que se busca es hacer atractivo el desarrollo de redes fijas de última generación, la mentada apertura a la prestación de servicios debería, en principio, excluir la posibilidad de que dichas compañías puedan prestar servicios satelitales. Pero ello no en función de una supuesta protección de pequeñas empresas locales, que muchas veces son únicas prestadoras en sus áreas de explotación, sino a fin de generar los incentivos necesarios que tornen atractivo para las empresas de telecomunicaciones el desarrollo de última milla de fibra óptica.

En el mismo sentido, podría resultar significativo que al reglamentar la ley se diferencien conceptual y monetariamente, las exigencias relativas a la desagregación de las redes de cobre y de fibra óptica.

También resultaría relevante una vigilancia estricta en la prohibición de procesos de absorción de redes ya existentes de cableros locales -que en derecho la LSCA ya prohíbe al determinar la intransferibilidad de las licencias- lo que forzaría el despliegue de infraestructura nueva y evitaría que se genere un mero pase de manos de infraestructura ya existente.

Bajo las circunstancias referidas, la apertura no va a significar que de la noche a la mañana las empresas telefónicas estarán en condiciones de prestar servicios integrados, ya que ello no sería posible sobre la actual infraestructura (par de cobre). Pero lo atractivo de la idea lo constituye la circunstancia de que si las telcos quisieran prestar servicios audiovisuales por vínculo físico, necesariamente tendrían que actualizar sus redes. De no resultar suficiente dicha modificación como incentivo, no se causaría otro perjuicio que el de dejarnos como estamos en la actualidad. Por lo demás, tampoco sería necesario que tal apertura se dé sin condiciones temporales o instantáneamente. Se podría abrir el mercado a partir de una fecha determinada, o abrirlo a cualquiera que preste el servicio garantizando una determinada tecnología.

Más allá de las tendencias políticas, lo cierto es que la Argentina debe encontrar la forma de financiar la modernización de sus redes fijas de última milla si quiere alcanzar al resto del mundo en la carrera digital. La propuesta de modificar la ley de medios podría significar un aporte sustantivo en ese sentido.

¹ En este punto sería bueno que tanto la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual como la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia aporten al debate datos acerca del nivel de competencia en la prestación de servicios audiovisuales en el interior del país.  En tal sentido, existen varias cooperativas que prestan servicios de todo tipo (audiovisuales, luz eléctrica, telefonía, mutual, servicios funerarios, cloacales y de aguas, etcétera) y que poseen un poder significativo importante en los respectivos mercados locales.