EL artículo 85 del proyecto de Ley que impone penas de hasta dos años de prisión para periodistas que informen sobre personas que se inscriban en el blanqueo recibió numerosas críticas e impulsó el debate. 

En el día de hoy, el Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) emitió un comunicado mediante el cual rechaza enfáticamente la redacción del artículo 85 del proyecto de Ley de Blanqueo de activos no declarados y de pago de las deudas a jubilados porque “afecta gravemente el derecho de libertad de expresión, en general, y el de libertad de prensa en particular”.

Según el mencionado proyecto de Ley, el artículo 85 prohíbe a cualquier persona difundir o reproducir documentación o información relacionada con las declaraciones de quienes se inscriban en el blanqueo, no sólo a los funcionarios o declarantes intervinientes en el procedimiento. Además, el proyecto impone penas de entre un mes y dos años de prisión al extender a los eventuales terceros involucrados en la divulgación de la información, quienes también se verían expuestos a la aplicación de una multa igual al valor de los bienes blanqueados.

En su comunicado, FOPEA advierte que “este artículo lesiona gravemente las libertades de expresión y de prensa y afecta el trabajo periodístico al fomentar la autocensura e instaurar la persecución penal del trabajo de informar en un ámbito en el que podrían existir hechos de interés público”.

Remo Carlotto, presidente de la comisión de Libertad de Expresión de Diputados, sostuvo que este artículo “tiene una mirada absolutamente perversa, porque busca sancionar con el mismo valor del blanqueador a aquel que difundiera la información”. Según su análisis, “el blanqueador no sería sancionado, pero el periodista sí y tendría que pagar una multa de 5 millones de dólares, lo cual es absolutamente inaceptable».

Por su parte, Martín Becerra, doctor en Ciencias de la Información y profesor en la Universidad Nacional de Quilmes y en la UBA, también opinó al respecto e indicó que “el texto repone el estilo de las leyes mordaza que han sido sistemáticamente criticadas en la Argentina por todo el arco político e incluso por funcionarios del actual elenco gubernamental que han tenido en el pasado vínculo con organismos defensores de la libertad de expresión”.

Según argumentó Damián Loreti, doctor en Ciencias de la Información y abogado, el artículo 85 viola varios artículos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos de modo directo exponiendo restricciones fundamentalmente a los periodistas, y no solo a ellos. «El artículo 13.2 de la CADH sobre responsabilidades ulteriores en el ejercicio de la libertad de expresión reclama la presencia de un test tripartito, que evalúa legalidad formal, precisión y claridad de la descripción de la infracción que genera responsabilidad ulterior, fin legítimo y necesidad social imperiosa». Además agregó que: «El artículo 85 violenta el principio de la descripción clara y precisa en la medida en que se equipara a terceros con funcionarios públicos. Incluye el -de cualquier modo relacionada- al mencionar la documentación y la información de las declaraciones, además de decir que incurren en la pena del artículo 157 del Código Penal, y no en el tipo o en la conducta. Esto hace que no se cumpla el requisito exigido».

Desde el oficialismo, el jefe de la bancada de diputados del Pro, Nicolás Massot, minimizó el contenido del artículo al sostener que «no forma parte de lo más importante del proyecto de pago a jubilados». En la misma línea, el diputado nacional Pablo Tonelli advirtió que «la revelación de secretos alcanza a todo el mundo, sea un magistrado o tercero» y que “si un periodista tiene acceso a un banco de datos personales ilegítimamente como el de la AFIP y eso lo revela, está incurriendo en un delito», insistió. De todos modos, ambos funcionarios sostuvieron que el artículo en cuestión puede ser objeto de revisión y su consecuente mejora.