El dictamen contiene la ratificación de la declaración de servicio público para la red de telefonía fija y la decisión de que las telefónicas no estarán autorizadas a poder brindar servicio de TV satelital ni audiovisual inmediatamente.

En una reunión de la que los miembros de la oposición como Gerardo Morales y Norma Morandini se retiraron del salón en disconformidad con algunas de las medidas, el oficialismo logró pasar a la firma el dictamen, por lo que la iniciativa quedó en condiciones de ser tratada en el recinto la semana próxima.

La normativa fue aprobada en la Comisión de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión del Senado, a cargo de la kirchnerista Liliana Fellner (Jujuy), aunque los senadores del Frente para la Victoria aclararon que el texto puede aún estar sujeto a más modificaciones, de las 40 que se ya se hicieron al texto original durante el debate en el recinto.

Entre las reformas incorporadas al proyecto de ley Argentina Digital, se incluyó la ratificación de la telefonía fija como “servicio público” y no de “interés público”, como se destacaba en la primera versión.

Los senadores también determinaron que las telefónicas no podrán prestar servicios de televisión satelital, y que su incorporación al mercado de servicios de comunicación audiovisual será gradual.

El proyecto fue aprobado con el voto de los senadores del oficialismo y con el rechazo en parte de los bloques de la oposición. De hecho, los dos senadores opositores que se encontraban en la reunión, Norma Morandini y Gerardo Morales, se retiraron del salón en desacuerdo con el debate.

Sobre la neutralidad de la red, el oficialismo reemplazó el texto del proyecto oficial por otro consensuado entre todos los bloques, y también fijó que la autoridad de aplicación de la ley deberá garantizar la “competencia y desarrollo de mercados regionales”, evitando asimetrías con las grandes empresas.

El texto, que podrá tener media sanción la semana próxima en el Senado para luego ser convertido en ley por la Cámara de Diputados, indica que la autoridad de aplicación será designada por el Poder Ejecutivo.