El marco legal argentino en materia de protección de datos personales «es uno de los más completos de la región», afirmaron los autores de una investigación sobre el tratamiento que hacen de este tema las empresas de telecomunicaciones, quienes sin embargo señalaron la necesidad de actualizar la normativa.

Eduardo Ferreyra y Jeannette Torrez, investigadores de la Asociación de Derechos Civiles (ADC), destacaron que en la Argentina la protección de los datos personales «está garantizada por la Constitución (art. 43) y existe una ley específica sobre el tema (la 25.326) que recoge los principios de la Directiva 95/46/CE de la Unión Europea -la cual ha sido reemplazada el año pasado por el Reglamento General de Protección de Datos, cuya entrada en vigencia se prevé para 2018-«.

«Esta norma establecía estándares elevados de protección y desde 2003 la Argentina es considerada por la UE como un país con nivel adecuado de protección de datos personales», indicaron en una entrevista, vía correo electrónico, con Télam.

Sin embargo, consideraron que la actual ley, sancionada en el año 2000, «no contempla el rol trascendental que los datos personales tienen en el contexto actual, caracterizado por los profundos cambios acontecidos en el entorno tecnológico y las transformaciones que lo anterior ha ocasionado en las prácticas de las empresas y en sus modelos de negocios, en los cambios organizacionales del Estado y en la modificación de la conducta en línea de los propios individuos».

Según una reciente investigación de ADC, existe entre las empresas de telecomunicaciones una «reticencia persistente» a la hora de informar sobre las políticas de tratamientos de datos personales, lo que es un «denominador común» en Argentina, Chile, Brasil y México.

Estos países «no cuentan con los mismos niveles de protección normativa. Por dar un ejemplo, Argentina, Chile y México cuentan con leyes específicas sobre protección de datos personales mientras que Brasil no tiene una ley general», indicaron los investigadores.

«Esta disparidad se acentúa cuando analizamos los órganos encargados de hacer cumplir las disposiciones normativas: Brasil no cuenta con un órgano específico de protección de datos personales; Chile cuenta con un Consejo de Transparencia que cumple la función de autoridad de control», mientras que México «cuenta con un órgano que se dedica tanto a la protección de datos personales como al acceso a la información», precisaron.