El Directorio del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) anunció nuevas medidas. 

Con la presencia de la totalidad de sus miembros, el Directorio del Enacom realizó una nueva reunión a partir de la cual se anunciaron nuevas directivas en cuanto a la atribución de bandas de frecuencias, prórrogas en concursos de adjudicación de licencias, nuevas habilitaciones, entre otras cuestiones.

Durante la reunión, el Directorio otorgó a los oferentes Perfil y Cooperativa de Trabajo Radio Cooperativa Limitada 5 días para «subsanar los defectos de sus ofertas» para obtener la licencia correspondiente a la señal LR9 Radio América, con el fin de que puedan mantener «la igualdad en el proceso y continúen el concurso para adjudicar las licencias», según detallaron en un comunicado oficial.

Los miembros del Directorio también resolvieron el cambio de atribución de las bandas de frecuencias comprendidas entre 905 MHz / 915 MHz; 950 MHz / 960 MHz y 2500 MHz / 2690 MHz al servicio móvil con categoría primaria, es decir para la prestación de Servicios de Comunicaciones Móviles Avanzadas. De acuerdo a lo difundido, de esta manera, se modificó el cuadro de atribución de bandas de frecuencias y se aplicó el procedimiento de refarming en los canales 7 y 12.

Por otro lado, se ratificaron convenios marcos de cooperación y asistencia técnica junto al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva; así como con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en relación al Programa +Simple. Además, se aprobó el Programa Redes Educativas Digitales (EDUC.AR).

También se adjudicaron licencias para instalación, funcionamiento y explotación de servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia diferentes provincias y se habilitaron instalaciones e inicio de emisiones regulares correspondientes al servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia y se otorgaron 88 licencias Única Argentina Digital.

Finalmente, se estableció que los Operadores Móviles podrán percibir por todo concepto, un porcentaje que no podrá superar el 40% de los servicios facturados por cuenta y orden de los prestadores de Servicios de Valor Agregado de Audiotexto y de Llamadas Masivas.