La decisión de que los agentes del sector público nacional cumplan con sus tareas de manera remota desde este lunes y hasta el miércoles, previo al inicio de la Semana Santa, quedó oficializada finalmente con su publicación en el Boletín Oficial.
Se trata de la Decisión Administrativa 280/2021 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, que lleva la firma de Santiago Cafiero; del titular de la cartera laboral, Claudio Moroni; y de la de Salud, Carla Vizzotti.
«Establécese la estricta y prioritaria prestación de servicios mediante la modalidad de trabajo remoto para las y los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades del Sector Público Nacional a los que refieren los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, que incluyen la Administración Central y los Organismos Descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las Instituciones de Seguridad Social y a las entidades públicas no estatales, respectivamente, hasta el 31 de marzo de 2021 inclusive», señala el artículo 1 de la norma.
«En todos los casos en los que se establezca la modalidad de trabajo presencial de equipos o sectores, el organismo deberá contar con un protocolo de actuación que garantice las condiciones de salubridad para el personal en el marco de las medidas sanitarias vigentes y las que en el futuro se dicten», dispone el artículo 3 de la medida.
Además, se invita a a adoptar medidas similares -es decir de cumplimiento de trabajo remoto- al Poder Judicial, al Legislativo, a las provincias, a la ciudad de Buenos Aires y a los municipios.
También, el artículo 4 de la Decisión Administrativa 280/2021 «recomienda al sector privado la adopción de medidas en consonancia con las establecidas en la presente».
«La dinámica situación producida por la pandemia de coronavirus y sus eventuales derivaciones en el ámbito laboral hacen necesario adaptar las medidas existentes con el fin de brindar la mejor protección a las personas involucradas, evitando en todo lo posible que se vean afectadas las relaciones laborales y las prestaciones de servicios del Estado Nacional», señala la norma en sus considerandos.