A diferencia del Consejo creado por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, el nuevo Consejo de Comunicaciones tiene menos facultades y autonomía.
El gobierno aprobó mediante el Decreto 916 las misiones y funciones del Consejo Federal de Comunicaciones creado por el Decreto de Necesidad y Urgencia 267 el 29 de diciembre de 2015. Según lo establecido por la norma, el Consejo estará integrado por representantes de los gobiernos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, organizaciones de empresarios, de medios sin fines de lucro, de trabajadores, de universidades nacionales, de pueblos originarios, de trabajadores TIC, de asociaciones de consumidores y de los medios estatales.
Entre algunas de sus funciones, se destacan las de colaborar y asesorar en el diseño de la política pública de tecnologías de la información y las comunicaciones y de radiodifusión, proponer pautas para la elaboración de los pliegos de bases y condiciones para los llamados a concurso público o adjudicación directa de licencias, asesorar al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) y proponer la adopción de medidas a la autoridad de aplicación.
Según el especialista Martín Becerra, «sus facultades y autonomía son menores que las del Consejo Federal según estipulaba la ley audiovisual, órgano que Macri derogó (por decreto) en enero pasado«.
A diferencia de la ley anterior, “no hay lugar asegurado para las carreras de comunicación ni para las sociedades gestoras de derechos”, aseguró en su cuenta de Twitter el licenciado en Comunicación y becario del Conicet, Agustín Espada. Además, agregó que, en línea con el DNU 267, los integrantes del consejo pueden ser “removidos por el Presidente” y no pueden remover directores de Enacom. A su vez, el decreto establece un número mayor de representantes provinciales a diferencia de los representantes de privados, medios sin fines de lucro y sindicatos, lo que implica «más poder para los representantes provinciales«, según Espada.