El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) informó que ante la denuncia de robo de un teléfono móvil o en caso de que el IMEI sea irregular se procede al bloqueo de terminales con reporte de robo, hurto o extravío, aplicándose conforme la previsión normativa.

A través de la Resolución 2459/2016, la cual está alineada con las normas más modernas y avanzadas a nivel internacional, ENACOM estableció el modo para el bloqueo del IMEI correspondiente al terminal en uso de la línea que es denunciada como robada, hurtada o extraviada por la o el usuario del servicio móvil.

Cuando la o el usuario es víctima de un robo debe informar a la empresa prestadora, la cual notifica al sistema que opera ENACOM, y ese IMEI es inmediatamente incluido en la “lista negra”. Los IMEI que se integran a la denominada lista negra no pueden cursar tráfico en las redes de los operadores móviles. Este sistema se actualiza tres veces al día.

Una vez ingresado un terminal a la lista negra, solo podrá requerir la rehabilitación o desbloqueo de un terminal con denuncia de robo, hurto o extravío la o el usuario que haya realizado la denuncia.

ENACOM acompaña los procedimientos judiciales cuando se realizan allanamientos con técnicos del Organismo para certificar que los terminales incautados se encuentran incluidos en la lista negra.

La lista negra está conformada por:

Los IMEI duplicados detectados por las prestadoras dentro de su red.
Los IMEI inválidos (no correspondientes a los válidamente otorgados por la GSMA) detectados por las operadoras dentro de su red.
Los IMEI de los equipos con reporte de robo, hurto o extravío en otros países, descargados de la base de datos de la GSMA.
Los IMEI de los terminales que, aun sin estar asociados a una línea telefónica, han sido sustraídos en algún punto de la cadena logística. En este caso, la denuncia la realizan las empresas afectadas por el hecho delictivo mediante vía judicial o administrativa ante ENACOM.

Algunas de las ventajas de la utilización de este procedimiento son:

La existencia de una norma que impide la utilización de un terminal con denuncia de robo, hurto o extravío en las redes de las operadoras móviles.

La evolución tecnológica de los terminales, que incorporan nuevas medidas de seguridad, lo que los hace menos vulnerables y, consecuentemente, menos atractivos para su reventa en mercados ilegales para su utilización como dispositivos móviles.
El trabajo conjunto de los países de la región en bloquear los terminales robados, que desalienta el tráfico transfronterizo de terminales de origen delictivo.
La participación activa de ENACOM en diversos operativos conducidos por las fuerzas de seguridad, nacionales y provinciales, vinculados con la comercialización de terminales de origen irregular.

La colaboración de ENACOM con los distintos actores del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal en materia de robo de terminales, entre otras maniobras de fraude que tienen a los dispositivos móviles como herramienta necesaria.
El establecimiento de un número corto único para las tres prestadoras de servicios (*910), para que la o el usuario pueda dar de baja su línea telefónica y bloquear el terminal móvil que ha sido objeto de robo, hurto o extravío.

Fuente: Enacom