El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) invalidó el acuerdo conocido como ‘Safe Harbor’ que permitía la transferencia de datos personales de usuarios de Internet entre Europa y Estados Unidos.
El acuerdo, firmado en el año 2000 entre la Comisión Europea y Washington, se basaba en el supuesto de que el alojamiento de datos en Estados Unidos tendría las mismas protecciones de privacidad que recibirían en servidores ubicados dentro de la Unión Europea.
Sin embargo, las relevaciones de Edward Snowden en 2014 dejaron saber que las agencias de espionaje estadounidenses accedían a los datos personales de usuarios de redes sociales. Esto motivó la presentación del activista austríaco Max Schrems quien solicitó a la Autoridad Irlandesa de Protección de Datos -país donde Facebook tiene su sede europea- que sancionara esa transferencia de información. Ante la negativa de la Autoridad, el caso siguió su curso y llegó hasta el TJUE.
Los jueces del Tribunal consideraron en su sentencia que «el derecho y la práctica de los Estados Unidos permite recoger a larga escala los datos de carácter personal de los ciudadanos de la UE que se transfieren en el régimen de la esfera privada sin que estos pueden beneficiarse de una protección jurídica efectiva». Tras esta decisión, los tribunales locales de los países que integran el bloque pueden optar por prohibir la transferencia de datos hacia Estados Unidos.
Según datos publicados por Financial Times, más de 4.000 compañías están adheridas al acuerdo «Safe Harbor» y transfieren sus datos a suelo estadounidense. A partir del dictamen del Tribunal Europeo empresas como Google, Amazon, Twitter, Facebook, Apple y Microsoft podrían verse en la obligación de revisar la forma en que almacenan y analizan los datos.
De acuerdo con especialistas consultados por BBC, la revisión de las políticas de almacenamiento de datos no sería un gran obstáculo para las grandes empresas de tecnología que cuentan con infraestructura y sedes en Europa. Algunos analistas prevén que esta decisión impulse una revisión integral y actualización del acuerdo en cuestión.