A través de la Resolución del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) N° 1645 publicada en en el Boletín Oficial, el gobierno nacional definió una lista de señales de noticias que los cableoperadores deberán incluir de manera obligatoria en sus grillas a nivel nacional y otras que deberán ser incluidas en las grillas a nivel provincial.
Entre los considerandos de la mencionada resolución, se destaca que la decisión de garantizar la emisión de las señales se establece en «conformidad con el principio de neutralidad de red». De acuerdo a la resolución 1394/2016 por la cual se aprobó el reglamento de la TV paga, la neutralidad de la red «pesa sobre los licenciatarios de servicios de TIC, la cual, si bien tiene origen y está específicamente concebida para el acceso a Internet, por disposición del Artículo 1° de la Ley Argentina Digital N° 27.078 adquiere el rango de principio general de orden público, aplicable a todos los servicios de TIC, teniendo por objeto, según el referido artículo, el de posibilitar el acceso de la totalidad de los habitantes de la República Argentina a los servicios de la información y las comunicaciones en condiciones sociales y geográficas equitativas, con los más altos parámetros de calidad”.
Según lo establecido en el reglamento, los licenciatarios del servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico deben ajustarse a lo dispuesto en los pliegos de bases y condiciones para la adjudicación de licencias a personas físicas y personas jurídicas con y sin fines de lucro planteado en los anexos I y II de la Resolución 432/2011 de la AFSCA. Una de esas obligaciones es ajustar su grilla de canales a lo dispuesto por el órgano de aplicación.
Las señales que los cableoperadores deberán incluir en sus grillas son las siguientes: