Le otorgo al gobierno porteño 180 para que implemente un «Protocolo Interno de Protección al Derecho a la Intimidad de los usuarios de Internet».
Un fallo de la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires le dio un plazo de 180 días al gobierno local para que exija a los buscadores de Internet con domicilio dentro del territorio porteño que incorporen un «Protocolo Interno de Protección al Derecho a la Intimidad de los usuarios de Internet».
Con este protocolo, los ciudadanos podrían exigirle a los buscadores web que eliminen de sus listas de resultados aquellos enlaces que lleven a contenidos que consideren perjudiciales, según informaron medios de prensa.
La entidad encargada de hacer cumplir el fallo es la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor del Gobierno porteño, según el escrito fechado el 10 de octubre y firmado por el juez Marcelo López Alfonsín, titular del Juzgado 18 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario.
El fallo da lugar a una demanda presentada por el abogado Andrés Gil Domínguez contra esa dependencia por «la omisión legal y arbitraria» de no dictar incorporación obligatoria de ese Protocolo a «los proveedores de servicios de búsqueda y enlaces o motores de búsqueda en Internet» domiciliados en la Ciudad.
El escrito reconoce en sus considerandos que, según el Artículo 12 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ciudad debe garantizar “El derecho a la privacidad, intimidad y confidencialidad como parte inviolable de la dignidad humana”.
En mayo pasado, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJE) determinó que los buscadores web deben eliminar de sus listas de resultados los links que lleven a datos personales «perjudiciales» publicados por terceros, cuando el afectado por esos datos lo solicite.
El fallo del TJE, que reconoció el derecho al olvido, estableció una excepción para los casos de aquellas personas públicas sobre las que exista un «interés especial» de información por parte de los ciudadanos.