Los usuarios de telefonía móvil de la empresa Personal, del Grupo Telecom, podrán dar de baja el servicio y rescindir unilateralmente los contratos a pesar de tener deudas con la compañía.
El juzgado Comercial N° 21, Secretaría N° 42, a cargo de Germán Paoz Castañera, dio lugar a una medida cautelar interpuesta por la asociación Consumidores Libes entablada contra la empresa de telefonía móvil Personal. Según la resolución judicial, la firma deberá suspender el cobro a sus clientes del cargo de conexión en los casos en que los usuarios quieran rescindir el contrato.
Además se deberá eliminar la imposición de pagar lo que adeudan los usuarios como requisito previo a la rescisión o resolución unilateral de los contratos que los vincula. Por otro lado tampoco pueden destruir, alterar la documentación, archivos informáticos y/o grabaciones telefónicas vinculadas a la contratación o modificación de los términos contractuales con sus usuarios.
La resolución explicita que “no se puede subordinar el derecho que tiene el usuario a rescindir el servicio, al pago de ninguna de las sumas que pudiera adeudarle incluyendo el denominado cargo de conexión ya que tal práctica importa cercenar el derecho que tiene a migrar libremente de compañía telefónica o su decisión de quedarse sin ella».
A su vez recuerda que «que cualquier disposición contractual o extracontractual que restrinja el derecho que tiene el usuario de rescindir unilateralmente el servicio resultan ser de aquellas previstas en el artículo 37 de la Ley de Defensa del Consumidor».
La noticia fue informada por Hector Polino, ex diputado socialista y fundador y representante legal de Consumidores Libres.