La Comisión Bicameral Permanente de Trámite declaró la validez del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 267/15 que creó el Ente Nacional de Comunicaciones.
La reunión terminó anoche con una partición, dando como resultado 8 firmas sobre 8, por lo cual el presidente de la bicameral, el senador radical Luis Naidenoff, desempató a favor del oficialismo.
El diputado Marcos Cleri insistió en que “es difícil comprender la necesidad y urgencia” de la reforma, y recordó que tanto la AFSCA como la AFTIC son “entes construidos por legislación nacional que garantizan la pluralidad de voces”.
El nuevo organismo que reemplaza y fusiona AFSCA y AFTIC, plantea distintas polémicas. En el caso del nombramiento de los directores se prevé que se realicen de forma directa, y, de los 7 directores con los que contará el organismo, cuatro serán designados por el Poder Ejecutivo, mientras que los tres restantes, que corresponden a la primera, segunda y tercera minoría los designará el congreso. Sin embargo, el Ejecutivo puede disponer de la remoción “en forma directa y sin ninguna expresión de causa” de la totalidad de los directores.
Al defender el decreto, el diputado del Pro Pablo Tonelli explicó que ambos entes, creados por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) y la Ley Argentina Digital -respectivamente- “tienen superposición de competencias”.
Cleri contrapuso que “esas dos leyes tenían representación federal” en sus respectivos directorios, pero ante todo, advirtió que con la creación del ENACOM “hay un solo beneficiado: el Grupo Clarín”.
El nuevo decreto establece además “el mantenimiento de las competencias asignadas al ministerio de Comunicaciones” comprendiendo toda decisión y políticas sectoriales. Se eliminan así los directores provinciales o sectoriales y se suprimen los Consejos Federales.
La senadora Anabel Fernández Sagasti, alertó que el nuevo organismo destinado a las telecomunicaciones “intenta ilegítimamente la remoción de las autoridades de la AFSCA y la AFTIC”, y que además “elimina los límites de las licencias” consagrados en el artículo 45 de la LSCA que la Corte Suprema declaró constitucional.
A partir de la creación del ENACOM, todas las licencias de comunicación audiovisual se prorrogarán automáticamente por 5 años y se sacan las prorrogas a 10 años volviéndose ilimitadas. Las transferencias de licencias y participaciones accionarias de los servicios audiovisuales, así como de telecomunicaciones, se considerarán aprobadas en forma tácita a los noventa días de informadas, sólo las de medios sin fines de lucro se vuelven intransferibles. Eliminando restricciones a la acumulación de licencias, se modificaron los costos operativos que deben tener de acuerdo a una localidad, beneficiando a la prestación del servicio a escala.
A su vez, se modifican los límites a la propiedad cruzada de medios, elevándose de 10 a 15 a nivel nacional y de 3 a 4 a nivel local, también pasa a ser ilimitada la prestación del mercado. Las operadoras de televisión por cable pasan a tener una licencia única que les permite brindar cualquier servicio de telecomunicaciones, pudiendo prestar servicios multiplay.
Las que no resultan tan beneficiadas, al menos en el corto plazo, son las telefónicas dado que para ellos se establece además un plazo de exclusión de 2 a 3 año para ingresar al negocio de la TV paga.
Salió el dictamen firmado de la Comisión Bicameral. Sigue adelante #ENaCom
El debate será ahora en las cámaras #DNUhttps://t.co/G6xigzKg1e— CPR (@cpr_ceppas) 25 de febrero de 2016
Fuente Fotográfica: Télam