La Coalición por una Comunicación Democrática (CCD) y la Asociación de Productores y Realizadores de Cine de Uruguay (AsoProd) solicitan al Ejecutivo la reglamentación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), dadas las últimas sentencias de inconstitucionalidad que dictaminó la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
Si bien la ley está aprobada, para la aplicación de algunas de sus disposiciones se requiere su reglamentación, y para otras es necesario que se tomen algunas resoluciones políticas. En ese sentido, si bien la SCJ declaró inconstitucionales algunos artículos e incisos de artículos, también se expidió sobre la constitucionalidad de varios más.
Un ejemplo de ello es la declaración de constitucionalidad del artículo 66 de la norma, que habla de la creación del Consejo de Comunicación Audiovisual (CCA), organismo encargado de controlar el cumplimiento de la LSCA. Según la norma, el CCA cuenta con autonomía técnica y está integrado por cinco miembros, uno de ellos designado por el Poder Ejecutivo -quien presidirá el consejo- y los otros cuatro por la Asamblea General del Parlamento, por dos tercios de votos. Además, sus integrantes deben acreditar “experiencia, calificación e idoneidad adecuadas para la función a desempeñar y en la defensa de los derechos a la libertad de expresión e información”.
Si bien la SCJ aún está estudiando varios recursos de inconstitucionalidad presentados por otras gremiales empresariales y empresas, a partir del supuesto de que la corte no modificará su integración en el corto plazo, la CCD y AsoProd solicitan al vicepresidente de la República, Raúl Sendic, que en su calidad de presidente de la Asamblea General designe a la comisión de nueve legisladores encargada de recibir las propuestas y evaluar la designación de los cuatro integrantes del consejo creado en la LSCA para garantizar su aplicación.
Además, las organizaciones solicitan al presidente de la República, Tabaré Vázquez, que reglamente la LSCA a la brevedad. Vázquez dijo varias veces que esperaría a que la SCJ se pronunciara sobre la inconstitucionalidad de la norma hasta aprobar una reglamentación de la LSCA. Según explicó a la diaria el integrante de la CCD José Imaz, actualmente se está consultando a otras organizaciones que estén interesadas en firmar el petitorio a los jerarcas.
Hasta el momento, la SCJ declaró constitucionales otras disposiciones que las organizaciones consideran importantes, como parte de los artículos que exigen mínimos de producción audiovisual nacional. Al respecto, la SCJ sólo declaró inconstitucional el literal C del artículo 60, que establece que 30% de la programación nacional exigida en la LSCA debería ser realizada por productores independientes. La sentencia de la SCJ cuestiona que se establezca un mínimo de horas y una franja horaria específica en la que se debería emitir este tipo de contenidos, porque ello “no se ajusta al contenido del derecho de libertad de expresión” establecido en la Constitución. Además, la SCJ declaró la constitucionalidad de los artículos que hablan sobre la protección de menores de edad y del que obliga a los cables a incluir las señales abiertas en sus grillas. De esta forma, tanto la CCD como AsoProd tienen especial interés en que este tipo de artículos queden operativos mediante la reglamentación que solicitan a Vázquez.
Fuente: Señales