El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) dispuso un nuevo requisito para los servicios de radiodifusión por suscripción a partir del 30 de abril de 2016, los titulares de licencias de servicios de comunicación audiovisual deberán informar el área de cobertura en la que prestan el servicio.

Mediante la Resolución 427/2016, el Directorio del Enacom resolvió que, para garantizar la debida registración administrativa y técnica de la localización territorial de sus servicios, los licenciatarios de servicios de comunicación audiovisual por suscripción por vínculo físico y/o radioeléctrico deberán informar el área de cobertura en las que se encuentran prestando el servicio.

El artículo 7 de dicha resolución determina que estos informes deberán presentarse a través del aplicativo disponible en la página web de Enacom, a partir del 30 de abril de 2016, y dentro del plazo de 60 días hábiles computados a partir de esa fecha.

Asimismo, la normativa requiere que se establezcan las respectivas áreas de prestación y los antecedentes administrativos de cada una de ellas (extensión, transferencia, adjudicación, etc.).

El Enacom había publicado recientemente el nuevo reglamento para los servicios de comunicación audiovisual por suscripción. El marco establece que los operadores deberán solicitar una licencia única Argentina Digital, además fija obligaciones de must carry.

 Fuente: Enacom