Telefónica de Argentina obtuvo la habilitación del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) para prestar servicios de Telecomunicaciones, servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la prestación de Servicios de Comunicación Audiovisual, lo que habilita a la compañía a brindar televisión por cable.

La resolución 2482/2016, firmada el pasado 16 de mayo, pero publicada ayer en el Boletín, explica que mediante presentación de fecha 10 de septiembre de 2015 Telefónica de Argentina Sociedad Anónima informó a la entonces Autoridad Federal de Tecnologías de la  Información y las Comunicaciones que mediante Acta de Asamblea General Extraordinaria N° 66 celebrada el 1 de septiembre de 2015 se había aprobado la reforma del artículo 3° del Estatuto relativo al objeto social de la empresa.

La modificación propuesta para el artículo 3° del Contrato Social, fue la siguiente: “…la prestación, por cuenta propia o de terceros, o asociada con terceros, de Servicios de Telecomunicaciones y de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (“Servicios TIC), sean servicios fijos, móviles, alámbricos, inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia, y la prestación de Servicios de Comunicación Audiovisual. Asimismo la Sociedad podrá comercializar, bajo cualquier título, equipamiento, infraestructura, bienes y servicios de todo tipo, relacionados con o complementarios de los Servicios TIC, Servicios de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual; como así también prestar toda clase de servicios, incluidos los de consultoría y administración contable, de recursos humanos e impositiva”.

Asimismo la Sociedad también podrá realizar toda clase de operaciones con títulos valores, y tomar y otorgar toda clase de créditos; todo ello con exclusión de las actividades reservadas exclusivamente a entidades financieras, de acuerdo a la legislación y reglamentaciones aplicables. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes y por los presentes estatutos. La modificación del objeto social se sujetará a las disposiciones de la legislación vigente”, se detalla.

En su artículo primero, la Resolución aprueba la modificación estatutaria y en el artículo segundo otorga a Telefónica un plazo de 90 días, a fin de que proceda a presentar la constancia de inscripción correspondiente.

Fuente: Cronista