Apenas dos días antes de que se lleve a cabo la audiencia pública ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por las modificaciones realizadas en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual mediante el DNU 267/15, el Congreso de Diputados se reunió en una sesión especial para convalidar el mismo decreto -y el resto de los decretos con los que estuvo gobernando el presidente Mauricio Macri desde que asumió el 10 de diciembre-.
Por Guillermo Pérez y Carolina Martínez Elebi
El Congreso, con el voto de la coalición oficialista Cambiemos, del massista Frente Renovador y de un sector del peronismo, convalidó el DNU 267, que, de acuerdo con la normativa vigente, con la aprobación de una de las dos cámaras del Legislativo, queda aprobado de manera definitiva y tiene carácter de ley.
A pesar de que no le resultó fácil, el oficialismo consiguió el quórum necesario para poder realizar el debate y la votación, 45 minutos después de la hora convocada, cuando la jefa de la bancada del FR, Graciela Camaño, se sentó en su banca. El macrista Pablo Tonelli fue el encargado de defender el decreto. Lo justificó porque “unifica dos organismos de dos leyes distintas que generan dificultades para que el país avanzara a la altura de los tiempos y en la tendencia mundial en la materia”, según publicó Página 12.
El diputado Marcos Cleri, del Frente para la Victoria, que fue el encargado de refutarlo, sostuvo que “hay que ponerle límite al avasallamiento” presidencial, que anula por decreto una ley aprobada por el Congreso con amplias mayorías y tras años de debate, además de disolver organismos autárquicos, desplazar a sus directores aprobados por el parlamento y que “deja a mucha gente sin trabajo”. Cleri agregó que el oficialismo buscaba evitar dar explicaciones a nivel internacional en la OEA, dentro de un par de días, por la urgencia para una sanción ficta de un decreto que “anula la pluralidad de voces” y que “avanza hacia la censura y viola la libertad de expresión”.
Los diputados del Frente para la Victoria se retiraron del recinto luego de que el presidente de la Cámara baja, el macrista Emilio Monzó, se negara a realizar la votación en forma nominal para que quedara registrado cómo votaron los bloques partidarios y sus diputados.
Las principales modificaciones que introduce el decreto 267/15 sobre el marco regulatorio del sector audiovisual y telecomunicaciones
El decreto 267 crea en el artículo 28 una Comisión dependiente del Ministerio de Comunicaciones dedicada a la “Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización y Unificación de las Leyes Nros 26.522 y 27.078”, la cual se estima desarrollará su labor durante al menos un año.
A su vez, deroga y modifica ciertos artículos de ambas leyes, demostrando dónde radica la necesidad y urgencia del ejecutivo.
En términos regulatorios, por su impacto sobre el sector, hay cuatro modificaciones que merecen resaltarse.
- El traslado a la órbita de las telecomunicaciones de las licencias de servicios de televisión por suscripción, eliminando todas las restricciones que establecía la ley 26.522 sobre las mismas en términos de límites a la cantidad, participación de mercado, integración vertical, participación cruzada, transferibilidad, participación extranjera, superposición local con otras licencias, exigencias de canal de contenidos, inversión local en bienes y contenidos, etc. El artículo 7 del DNU modifica el artículo 10 de la Ley Argentina Digital (LAD).
- Se posterga la apertura regulatoria convergente que propiciaba la Ley 27.078 Argentina Digital por dos a tres años, sin ninguna medida específica destinada a proteger a las cooperativas y a los cableoperadores pequeños y medianos (artículo 10 del DNU, modifica el artículo 94 de la LAD).
- Se deroga toda mención a regulación tarifaria por parte del organismo regulador, pudiendo las empresas de telecomunicaciones determinar libremente sus precios. Esto originó un aumento en el precio del abono básico del 185% (artículo 22 del DNU).
- Se modifica la composición, representatividad, forma de elección y alternancia del Directorio del organismo regulador (artículo 5 del DNU).
Las modificaciones establecidas en el sector del cable eliminan el arraigo local de las inversiones y mejoran las posibilidades de desarrollar economías de escala, favoreciendo a la concentración y expansión de los principales operadores del mercado. A su vez, pospone el ingreso al sector de las principales empresas de telecomunicaciones por un período de tiempo que resulta excesivamente corto si se mira desde la óptica del cableoperador local y excesivamente largo si se considera la realidad material de los principales centros de aglomeración urbana.
Finalmente, cabe mencionar que se flexibilizan los requisitos necesarios para obtener una licencia de cable y se permite su transferibilidad, sin las limitaciones al ingreso del capital extranjero, a la vez que se extienden sus plazos de vigencia, permitiendo extender las mismas por tiempo indefinido.
Los efectos de esta flexibilización se hicieron evidente con la adquisición de Nextel y Telecom por parte de Cablevisión y Fintech, aun cuando dichas autorizaciones se manifiestan contradictorias con los artículos 10, 11 y 12 del DNU 267/15.
El artículo 15 del DNU sustituye el artículo 40 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), referido a la duración de las licencias. El DNU establece que las licencias serán susceptibles de prórrogas sucesivas, indefinidamente. La primera prórroga será automática y por 5 años. Las siguientes prórrogas serán de 10 años, pero no serán automáticas, pudiendo ser denegadas.
La audiencia pública ante la CIDH, que se llevará a cabo mañana, había sido solicitada por la defensora del público, Cynthia Ottaviano, y la Coalición por una Comunicación Democrática (CCD), organismo integrado, entre otros, por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). De esta forma, la CIDH obliga al gobierno argentino a explicar las medidas que disolvieron organismos con representación significativa del Poder Legislativo, de las provincias y de diversos sectores académicos, de medios comunitarios y trabajadores, para reemplazarlos por otro con mayoría automática del Ejecutivo (el ENACOM).