El doctor en Comunicación y especialista en libertad de expresión, Damián Loreti, analizó la intervención de la AFSCA.

El vicepresidente de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC), abogado por la UBA, docente y doctor en Comunicación por la Universidad Complutense (Madrid, España), Damián Loreti, en diálogo con Página/12 señaló que con la intervención a la AFSCA y la AFTIC «se viola la ley para poner partidarios políticos que vendrían a hacerla cumplir y a poner fin a la ‘rebeldía’ de las autoridades legalmente nombradas».

Loreti recuerda las consideraciones publicadas en el Informe anual 2009 de la Relatoría Especial de Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA) que en ese entonces estaba a cargo de Catalina Botero Marino: «La autoridad de aplicación y fiscalización debería ser un órgano independiente y autónomo del poder político y económico». «Es necesario aclarar que deben ser funcionarios autónomos que sólo están sometidos al imperio de la ley y la Constitución -recordó el abogado que fue uno de los principales redactores de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual-. Además, es conveniente prever plazos fijos de duración de los mandatos que no coincidan con los plaxos de duración de los mandatos de quien participa en su designación y que se contemplen renovaciones parciales escalonadas de sus miembros».

Con respecto al cambio de integrantes de ambos organismos, Damián Loreti destaca que el informe contemplaba que «deberían preverse mecanismos de remoción de los integrantes que sean transparentes, que sólo procedan ante faltas muy graves previamente establecidas en la ley, y que aseguren el debido proceso, en especial, la revisión judicial, para evitar que se utilicen de modo arbitrario o como represalia ante decisiones adoptadas».

Según afirma el especialista en libertad de expresión en la entrevista publicada por el matutino «la Relatoría aconsejaba lo que la Ley 26.522, sancionada meses antes, había previsto. Exactamente lo opuesto a la política que el nuevo gobierno ha llevado adelante desde su asunción».

Loreti se refirió a las irregularidades que se cometieron por parte del gobierno, «que con un retraso notable en la publicación del Boletín Oficial, el edificio de la AFSCA amaneció el miércoles rodeado de policías que decían estar esperando a las nuevas autoridades». Además, destaca que «todavía sin poder acceder a la normativa en el Boletín Oficial, se anunció que se había removido por intervención de los organismos AFSCA y AFTIC a las autoridades nombradas en el contexto de la aplicación de las leyes de servicios de comunicación audiovisual y de telecomunicaciones llamada Argentina Digital«.

Con respecto al motivo por el que se tomó esa decisión, el ministro declaró que se debió a que existía «una rebeldía de parte de las autoridades» y que «esta rebelión justicia (el decreto) porque sino estamos frente a un caos». Loreti asoció esas declaraciones con una frase dicha previamente por el ministro Oscar Aguad: «una ley del Congreso no puede limitar la capacidad del presidente».

Frente a la pregunta de Página/12 sobre las razones del accionar del gobierno, el abogado aseguró: «Es evidente que este nuevo decreto actúa como una pantalla legal para justificar una medida de naturaleza política orientada a desplazar a las autoridades con mandato vigente y plazo pendiente por no ser funcionales a los intereses ni alinearse al nuevo gobierno». «Se actuó al revés de lo que indican los principios de libertad de expresión, se reemplazó un directorio plural de siete personas (…) por un interventor partidario», afirmó.

Loreti también se refirió al interventor designado para AFSCA, Agustín Garzón, coordinador de profesionales de PRO, y al interventor de la AFTIC, Mario Frigerio, tío del ministro del Interior: «Estos interventores tomarán posesión del cargo violentando las reglas de legalidad formal. Llegan por decreto, incumpliendo la normativa vigente que incluye un proceso con participación ciudadana y exposición de antecedentes para la evaluación de idoneidad».

Finalmente, con respecto a la legalidad que tendrían las determinaciones adoptadas por el gobierno Nacional, el doctor en Comunicación explicó: «Toda decisión que adopten resulta contraria a las reglas que exige la Convención Americana para regular materias vinculadas a la libertad de expresión. Esto, claramente, haría incurrir al Estado argentino en responsabilidad internacional por violación del principio de legalidad previsto en la opinión consultiva 6. La situación en general configura, en términos de la jurisprudencia de la Corte Interamericana, un claro caso de desviación de poder del estilo del caso Granier vs Venezuela. Allí se dijo que ‘de las declaraciones aportadas en el presente caso contencioso sólo una habría hecho mención a la finalidad declarada en la Comunicación Nº 0424 y la Resolución Nº 002, es decir, la protección a la pluralidad de medios, mientras que en su mayoría las restantes declaraciones coinciden en invocar las otras declaraciones. Lo anterior, le permite concluir a la Corte (…) que la finalidad declarada no era la real y que sólo se dio con el objetivo de dar una apariencia de legalidad a las decisiones’. La afirmación es concluyente.«