El Gobierno argentino busca facilitar el trámite para darse de baja de una empresa telefónica, de internet o cable. Con ese objetivo, obligará a los proveedores de servicios a que sumen la opción en su sitio web. Deberán contar con un link bien visible mediante el cual el consumidor podrá solicitar la interrupción.
Así fue establecido por la resolución 316/18 de la Secretaría de Comercio que entró en vigor el 28 de julio.
En esta primera etapa se tomaron en cuenta los sectores de telefonía fija y móvil, servicios de acceso a Internet y televisión satelital.
La resolución para darse de baja
El artículo 2º de la resolución obliga a todos los proveedores de servicios que brinden el servicio de atención en forma telefónica y/o electrónica. Asimismo, deberán llevar un registro de los reclamos con información del usuario.
Por otro lado, el artículo 3° mejora el servicio de atención al consumidor. De esta forma, se obliga a las empresas a tener un horario de atención de consultas que no puede ser inferior a los días y horarios en que operen comercialmente. Para proveedores que sólo atienden de forma telefónica o electrónica el horario no podrá ser inferior a ocho horas por día.