El Máximo Tribunal reafirmó que cuando se trata de información de carácter público ésta no pertenece al Estado sino al pueblo de la Nación.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó esta semana el derecho de todo habitante de acceder a la información pública. Fue en un caso de datos requeridos por el diputado nacional Carlos Manuel Garrido con relación a un ex agente de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El Máximo Tribunal reafirmó que cuando se trata de información de carácter público ésta no pertenece al Estado sino al pueblo de la Nación.
La ratificación fue realizada en referencia al caso de un ex agente de la AFIP, con relación al cual el diputado había requerido al organismo que le suministrara cierta información relacionada con su nombramiento, como así también respecto de cargos y funciones que hubiera desempeñado y el estado de un sumario administrativo que se le inició en 2010, según informa el Centro de Información Judicial.
Al fallar, la Corte ratificó su doctrina referente al «derecho que le asiste a todo habitante de acceder a la información de interés general que estuviese en poder del Estado Nacional o sus reparticiones». La misma recordó en los considerandos el precedente sentado por el caso “Cippec”, del 26 de marzo de 2014. En este fallo se reconoció que no era necesario exigir un interés calificado por parte del requirente de la información cuando se trata de información de carácter público, puesto que ésta no pertenece al Estado sino al pueblo de la Nación.
El nuevo fallo señala que la ley 25.326 de Protección de Datos Personales, en cuanto subordina la cesión de esos datos a la existencia de un interés legítimo, no alcanza a los supuestos referentes a información personal que forma parte de la gestión pública, excepto para asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, la protección de la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas.
Por su parte, la Asociación por los Derechos Civiles sostuvo en un comunicado que la entidad coincide con “la correcta interpretación que realiza la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que encuadra el derecho a saber en el marco de la protección interamericana de los derechos humanos”, y agrega que la ratificación “contribuye a transparentar la gestión estatal, evitar el secretismo de las estructuras estatales y empoderar a los ciudadanos en el ejercicio de un derecho tan fundamental para el sostenimiento y supervivencia de los sistemas democráticos”.