«De esta manera -explicaron desde la SECOM- se da respuesta a uno de los históricos pedidos de las cooperativas y PyMES del sector y se reglamenta la figura incorporada al Decreto 764 del año 2000 a través del Decreto 2426 del año 2012, dando la posibilidad de prestar el servicio móvil a aquellos que no cuentan con el espectro.»

La Secretaría de Comunicaciones de la Nación (SECOM) elaboró un Reglamento para regular el mercado de los Operadores Móviles Virtuales (OMV) para garantizar así la prestación de los servicios de Telefonía Móvil por parte de los pequeños y medianos actores del ecosistema de las comunicaciones en la Argentina, informaron a través de un comunicado.

«La resolución se enmarca entre medidas adoptadas por el Estado Nacional para la implementación de la tecnología 4G cuya licitación se encuentra en curso que permitirá más actores en el mercado y mayor competencia», contextualizaron.

El nuevo reglamento que establece las modalidades y procedimientos para la prestación de servicios por parte de los Operadores Móviles Virtuales y favorece su operatividad fue publicado ayer como una resolución, al número 68.

«De esta manera -explicaron- se da respuesta a uno de los históricos pedidos de las cooperativas y PyMES del sector y se reglamenta la figura incorporada al Decreto 764 del año 2000 a través del Decreto 2426 del año 2012, dando la posibilidad de prestar el servicio móvil a aquellos que no cuentan con el espectro.»

“Este reglamento se da por la decisión política de nuestra Presidenta de generar el marco para que todos los actores, incluso los más pequeños, puedan brindar servicio de telefonía móvil. Estamos generando nuevas condiciones para garantizar la participación de las cooperativas y PyMES, que son importantísimos en muchas ciudades y pueblos de nuestro país, para que todos los argentinos estemos comunicados y en las mejores condiciones” afirmó el Secretario de Comunicaciones, Norberto Berner.

El nuevo Reglamento establece que los Operadores Móviles de Red (OMR), que cuentan con espectro e infraestructura, deberán presentar anualmente una oferta de referencia para todos aquellos actores interesados en prestar servicio, estableciendo condiciones económicas y técnicas razonables y no discriminatorias, poniendo a disposición hasta un 5% de su capacidad de la red para quienes quieran participar en carácter de OMV, manteniendo la misma calidad de servicio que brindan a sus propios usuarios. En la medida que no lleguen a un acuerdo beneficioso para ambas partes, la SECOM intervendrá de manera tal que se permita la prestación del servicio por parte del OMV.

Esta medida trae aparejado importantes cambios en el mercado de las comunicaciones móviles, incorporando nuevos prestadores y ampliando la gama de servicios y ofertas a los usuarios, fomentando un mercado competitivo y con mejores condiciones para la prestación del servicio.

Para leer  la resolución completa: RESOLUCIÓN N° 68