El Movimiento de Participación Popular cuestionó la medida, mientras que el astorismo y el grupo de Sendic la respalda.

La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual uruguaya fue aprobada en diciembre de 2014 con los votos del Frente Amplio, y ya recibió la impugnación del sector empresarial que alegó ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que la nueva regulación es inconstitucional y que afecta la libertad de expresión y la libertad de empresa, entre otras cosas. Algo que suena muy familiar para Argentina, que ya atravesó una situación similar con la ley de medios nacional, Nº 26.522.

Sin embargo, a través de un comunicado de prensa, emitido el 12 de marzo, se informó que el presidente de Uruguay, Tabaré Vázquez, no reglamentaría la ley de medios de ese país, N° 19.307, hasta que la SCJ decida sobre los recursos constitucionales que se presentarán contra la norma.

Esto causó malestar en el Movimiento de Participación Popular (MPP), el sector que lidera el expresidente y senador José Mujica, que pretendía seguir adelante con el proceso. Por otro lado, desde el astorismo y el grupo de Raúl Sendic señalan a la medida como «razonable y entendible».

«Esperaremos a lo que dictamine la Suprema Corte de Justicia y luego estudiaremos el camino a seguir», anunció Vázquez a El Observador. En la cadena que brindó horas después de asumir su segundo mandato presidencial, aseguró que «está casi pronto el texto del decreto reglamentario». Según el diputado del MPP, Daniel Caggiani, la reglamentación había sido una de las promesas de campaña. Por su parte, el diputado Luis Puig, del Partido por la Victoria del Pueblo, se manifestó en contra de la decisión del gobierno: «Era necesario ponerla en funcionamiento, no retrasar el proceso».

Al igual que en el caso argentino, ninguna de las empresas impugnó el total del texto de la ley, sino solo algunos artículos, por lo que muchos aspectos de la norma estarían en condiciones de comenzar a aplicarse. De hecho, a pesar de no estar reglamentada, la ley está en plena vigencia desde el 25 de enero de 2015.